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La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son
inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a
la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden
político y de la paz social.
Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades
que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad
con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados
y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados
por España.
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración
civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función
ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución
y las leyes
Artículo 98 Composición y estatuto del Gobierno
El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes,
en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que
establezca la ley.
Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual
fuere su titularidad está subordinada al interés general.
Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica.
Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos
o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y asimismo
acordar la intervención de empresas cuando así lo
exigiere el interés general.
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